Fuera Bullrich

Plantea que en los últimos meses «varias manifestaciones en las inmediaciones del Congreso de la Nación han resultado en intervenciones de las fuerzas federales de seguridad, derivando en situaciones de violencia, conflictos y caos”. Por lo tanto a la Policía de la Ciudad “concretamente se le ordena que despliegue, organice, planifique y ejecute -todo de manera autónoma- el operativo de seguridad que simultáneamente garantice el orden público y el pleno ejercicio de los derechos constitucionales de quienes asistan”. La medida tiene incidencia directa, en lo inmediato, sobre la marcha a realizarse el próximo miércoles 9 de abril.

Además, el juez exhortó al Estado Nacional y al Ministerio de Seguridad de la Nación que se “abstenga de intervenir e interferir en la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo que a la seguridad pública respecta, más allá de los límites legales de protección de intereses federales”.

Gallardo, titular del Juzgado de 1° Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, ordena que se ponga “en conocimiento de lo resuelto a la Policía Federal, Gendarmería Nacional, Policía de Seguridad Aeroportuaria y a la Prefectura Naval”, justamente las cuatro fuerzas federales que, junto a la Policía de la Ciudad, venían actuando en cada una de las movilizaciones anteriores y que de acuerdo a esta decisión deberán dejar de hacerlo.

El magistrado dio curso a un pedido presentado por la Unión de Trabajadoras y Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), la Confederación General del Trabajo (CGT) y de secretarios de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), en pos de “limitar el accionar de las fuerzas federales” en “detrimento de la autonomía de CABA y del rol de la Policía de la Ciudad”.

En la presentación se solicitó que se dictara “una medida cautelar urgente en la que se ordene intimar al GCBA a coordinar y conducir un operativo de seguridad para la movilización convocada” y que se “delimite en forma previa y concreta los ‘objetivos federales’ cuya custodia estará a cargo de las fuerzas federales, restringiendo su jurisdicción al cuidado de los mismos y no al ejido urbano circundante” como sucedió en los últimos miércoles, por ejemplo, en las marchas de jubiladas y jubilados.

En su dictamen el juez Gallardo contextualiza sobre la solicitud de los gremios: “En la concentración del 12/03/2025 se habrían verificado hechos de represión perpetrados por las fuerzas federales ‘sin contar con una autorización para ello’ y que éstos se perfeccionaron fuera de los límites del Congreso de la Nación, excediendo el rol de custodia de dicha dependencia federal”.

Y agrega: “Describieron que en el marco de esa manifestación de la que participaron distintas organizaciones ‘se llevó a cabo una brutal represión policial en la que hubo 114 detenidos de forma arbitraria’, sufrieron heridas de distinta gravedad alrededor de 672 personas y se hirió gravemente con un proyectil en la cabeza al periodista Pablo Grillo”.

Ante los episodios recientes de represión, Gallardo establece: “No se trata, entonces, de un planteo abstracto ni de una mera pretensión de control institucional, sino de una solicitud concreta de tutela judicial urgente frente a un riesgo cierto y razonablemente previsible, vinculado a derechos fundamentales de quienes participarán en la manifestación pública. El riesgo invocado lesión a la integridad física, a la libertad de expresión y al derecho de reunión, sopesado en la opresión de la autonomía de la CABA- no es meramente conjetural ni hipotético, sino que encuentra sustento en hechos pasados verificables y presumiblemente futuros”.

Sintetiza: “En los últimos meses, varias manifestaciones en las inmediaciones del Congreso de la Nación han resultado en intervenciones de las fuerzas federales de seguridad, derivando en situaciones de violencia, conflictos y caos”.

En otro punto importante de la resolución, se informa: “A requerimiento del Tribunal el GCBA informó que hasta la fecha no requirió al Estado Nacional –Ministerio de Seguridad– ‘participación, cooperación y/o auxilio para brindar seguridad en las inmediaciones del Congreso de la Nación y Plaza Congreso, como consecuencia de la movilización y manifestación pública convocada para el día 09/04/2025’”. Y que “la fuerza de seguridad de CABA se encuentra suficientemente dotada y apta para abordar, planificar y diseñar estrategias de seguridad en el contexto de la movilización”.

El Gobierno porteño también aclaró que la Ciudad no adhirió al “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación”, conocido como «protocolo Antipiquete», dado que sólo “se encuentra dirigido a las fuerzas federales” y no resulta competencia del Ministerio de Seguridad de CABA “solicitar cooperación y/o auxilio bajo ese dispositivo”.

El juez Gallardo se expide sobre un tema central que hasta ahora había convertido a cada medida cautelar presentada en una víctima de una calesita judicial, pasando por cinco o seis juzgados, sus correspondientes apelaciones y luego durmiendo el sueño de la espera de la definición del tribunal superior. Todo esto bajo el paraguas de la «competencia». Esto es: a qué fuero le corresponde expedirse sobre el pedido presentado. Es decir, ni siquiera hubo pronunciamiento sobre el tema que lo motivó, si no sobre quién debía hacerlo.

El juez Gallardo puntualiza que los amparos presentados no solicitan que la justicia se expida sobre la legitimidad o no del protocolo del ministerio de Seguridad de Nación, sino que determine la responsabilidad del gobierno porteño en el sentido de si tomó o no medidas de resguardo tal como es su responsabilidad. En este caso, como el sujeto a evaluar por el juez es el gobierno porteño, la competencia de la justicia porteña es pertinente.

En ese sentido señala que basta la lectura del Boletín Oficial de la Ciudad para encontrar la evidencia de que nunca ni la jefatura de Gobierno ni el ministerio de Seguridad solicitaron la intervención de las fuerzas nacionales para las marchas que se desarrollaron en Congreso.

El dato más importante y que tendrá consecuencias más allá de este miércoles: tampoco el gobierno porteño adhirió formalmente al protocolo de la ministra Bullrich. No se trata de una formalidad sino de un trámite necesario para darle legalidad en el territorio porteño. Esta omisión tiene consecuencias directas en las causas judiciales iniciadas por las víctimas de la represión producida por las fuerzas nacionales, como por ejemplo el fotógrafo Pablo Grillo y la jubilada Beatriz Blanco.

¿Por qué un domingo?

El juez Gallardo argumenta por qué su dictamen tiene carácter de urgente y fue comunicado un domingo: «El acceso a la justicia no se agota con la posibilidad de presentar una demanda, sino que también comprende el derecho a obtener una respuesta útil en un tiempo razonable y con capacidad de modificar la situación que se denuncia como lesiva».

Desarrolla una extensa argumentación jurídica sobre la autonomía porteña y los límites de la intervención federal en su territorio: la Policía Federal debe custodiar los edificios de Nación, y no intervenir en manifestaciones. La Gendarmería Nacional debe actuar en «fronteras terrestres y lacustres, túneles y puentes internacionales». La Policía de Seguridad Aeroportuaria, en el sistema nacional de aeropuertos. La Prefectura Naval, en lo correspondiente a navegación.

Luego analiza el propio protocolo Bullrich y subraya que su objeto es intervenir «frente a impedimento de tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales o vías de circulación sujetas a jurisdicción federal». Nada de esto aplica a las calles que rodean al Congreso.

El dictamen, que tiene una extensión de 69 páginas, le ordena al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que «reasuma sus obligaciones constitucionales en materia de seguridad pública».

También ordena al ministerio de Seguridad de Nación que se «abstenga de intervenir e interferir». Por último informa lo resuelto a la Policía Federal, la Gendarmería Nacional, la Policía Aeroportuaria y la Prefectura Naval, lo cual implica que no pueden argumentar obediencia debida. De esta manera los hace responsables de cumplir la orden judicial.

FUENTE: La Vaca

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