A partir de este fallo, Scapolán queda destituido de su cargo como fiscal federal de San Isidro, del que ya había sido suspendido el 22 de diciembre pasado por el Jurado de Enjuiciamiento, por nueve votos contra uno, a partir de la acusación hecha por el procurador de la Corte Bonaerense, Julio Conte Grand.
El Jurado de Enjuiciamiento de Funcionarios y Magistrados de la provincia de Buenos Aires resolvió destituir de su cargo al ya suspendido fiscal federal de San Isidro Claudio Scapolán, quien está acusado de ser el jefe de una asociación ilícita integrada por policías y abogados que robaba droga secuestrada a narcotraficantes para luego venderla.
En un fallo por mayoría (10 a favor y solo 1 en contra), el jury también dispuso para Scapolán, presente en la audiencia, la inhabilitación para volver a ocupar cargos públicos y que pague las costas del proceso.
A partir de este fallo, Scapolán queda destituido de su cargo como fiscal federal de San Isidro, del que ya había sido suspendido el 22 de diciembre pasado por el Jurado de Enjuiciamiento, por nueve votos contra uno, a partir de la acusación hecha por el procurador de la Corte Bonaerense, Julio Conte Grand.
Y en aquel entonces se dispuso, además, el embargo del 40 por ciento de su sueldo, aunque ahora dejará de percibirlo por completo.
El jurado estuvo presidido por la presidenta de la Cámara Primera en lo Civil y Comercial de La Plata, Ana María Bourimborde, ya que los jueces de la Suprema Corte provincial y de la Cámara de Casación se excusaron por haber intervenido en alguna etapa del proceso. También lo integraron los conjueces legisladores Juan Pablo Allan (Juntos, senador), Daniel Andrés Lipovetzky (Juntos, diputado), Walter Carusso (Espacio Abierto Juntos, diputado), Sofía Vanneli (Frente Renovador -Todos, senadora) y María Eugenia Brizzi (Juntos, diputada) y los conjueces abogados Carlos Fernando Valdez, Héctor Benito Mendoza Peña, Carlos Garavaglia, José Manuel Del Cerro y Juan Emilio Spinelli.
El único voto en contra de la destitución fue el de la senadora Vanneli.
Scapolán está acusado de diez delitos: jefe de una asociación ilícita, instigador de falso testimonio agravado, uso de documento público falso, falsedad ideológica de documento público reiterada, sustracción de medio de prueba, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización doblemente agravada, cohecho pasivo agravado por su condición de agente fiscal, extorsión, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Para la jueza, la banda presuntamente liderada por el fiscal e integrada por varios policías bonaerenses y abogados actuaba “con el objetivo de sustraer material estupefaciente, coaccionar personas para obtener un provecho económico, permitir la sustracción de pertenencias de personas allanadas, e inventar y/o plantar pruebas de cargo”.
Por esos delitos, un total de 32 personas -policías de las Departamentales de Investigación del Tráfico de Drogas Ilícitas de San Isidro y Quilmes, abogados de la matrícula que habrían facilitado los mecanismos extorsivos y falsos testigos- fueron procesadas y serán llevadas a juicio oral ante los Tribunales Federales de San Martín, pero Scapolán quedó afuera del proceso hasta ser destituido.
Tras la declaración de diversos testigos a lo largo de tres jornadas que se llevaron a cabo de 9 a 19, el martes pasado la Procuración bonaerense pidió la destitución de Scapolán al considerar que el fiscal cometió “un sinfín de hechos de suma gravedad”.
“Se acreditó que el fiscal Scapolán intervenía en procesos federales cuando no le correspondía hacerlo, intervenía en procesos de jurisdicción ajena a su competencia siempre con el mismo modus operandis, denominado rulo, que se anularon los procedimientos, entre un sinfín de hechos de suma gravedad”, consideraron los acusadores.
Por su parte, el propio Scapolán alegó en su defensa y aseguró que no había elementos “probados” en su contra y que todo era “meras suposiciones”, al tiempo que desligó la responsabilidad en el personal policial que intervino en los procedimientos investigados.
FUENTE: Página 12