La Suprema Corte resolvió hacer lugar a la presentación del Dr. Fabián Maggi, abogado de la organización ambientalista FOMEA, y del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires, que exige clausurar los puentes de acceso vehicular a Barranquitas y El Arenal, por lo que quedará restringido el paso para autos y motos. La resolución es de cumplimiento inmediato. Y se hará efectiva cuando el municipio reciba la notificación oficial. Seguirá funcionando el cruce peatonal.
En un fallo publicado este viernes, la Suprema Corte de Justicia hizo lugar a una presentación de la organización ambientalista FOMEA, representada por el abogado Fabián Maggi, y el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires que plantean la inconstitucionalidad de distintos articulados de la Ordenanza Municipal Nº 9949 denominada «Código Urbano Ambiental de San Nicolás». En concreto, el artículo II del fallo del máximo Tribunal bonaerense establece «Proceder, sin dilaciones, a la clausura de las obras ejecutadas y que se estén ejecutando en los sitios alcanzados por la tutela que se dispone en la presente; lo que incluye los puentes de acceso vehicular a la zona insular y los caminos vehiculares que conducen a las playas “Barranquitas” y “El Arenal”».
La aplicación de esta resolución se hará efectiva una vez que el municipio reciba la notificación formal, algo que podría ocurrir este lunes. De ésta manera, sólo permanecerá habilitado el puente peatonal por el que se puede acceder a las islas a pie o en bicicleta.