PASO 2021: ¿Qué tipos de votos se pueden emitir en las elecciones?

Afirmativos, en blanco, nulos, impugnados, recurridos son las distintas calificaciones que obtienen los votos, de acuerdo a cómo sean realizados. ¿Qué significa cada uno?

Este domingo 12 de septiembre se realizarán las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), donde se elegirá a los candidatos que participarán de las elecciones generales del 14 de noviembre, y los electores tendrán la posibilidad de optar por elegir alguna boleta o varias, no hacerlo, votar en blanco, o impugnar su decisión.

Los votos que emitan los ciudadanos el domingo se pueden clasificar en categorías como válidos, nulos y transitorias, que luego tendrán subcategorías como el sufragio afirmativo y el voto en blanco, ambos considerados admitidos por la ley.

¿Qué tipos de voto existen?

Existen cuatro categorías de voto:

-Los votos válidos, que a su vez se dividen en 2: los votos afirmativos (cuando se elige a cualquiera de las listas o sus posibles combinaciones), y los votos en blanco (se deja el sobre vacío o se le ingresa un papel de cualquier color sin inscripciones ni imágenes). El voto en blanco puede ser en todas las categorías o en una sola. Si, por ejemplo, se pone una boleta que no tiene candidato a diputado nacional, sólo esa categoría está en blanco, y se toma como afirmativo en las categorías de senadores provinciales y concejales.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) considera que el voto en blanco es válido ya que “representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas”.

-Los votos nulos se consignan cuando se utilizan boletas no oficializadas o si, junto a la boleta oficial, se introdujeron objetos extraños, o cuando se insertan boletas de distintas agrupaciones para un mismo cargo, entre otros casos.

-Los recurridos son los votos cuya validez o nulidad fue cuestionada por alguno de los fiscales partidarios. Si en los días posteriores la Justicia electoral considera que son válidos, se los incorpora al escrutinio definitivo.

-Los votos impugnados son aquellos en que las autoridades de mesa consideran que el votante no es el titular del DNI que presenta. Estos votos no forman parte del escrutinio hasta que la Justicia electoral determine su validez.

FUENTE: Que Pasa Web

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